Orden IND/48/2023, de 26 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico, y se procede a su convocatoria en el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Serán beneficiarias las PYMES que:
- Cuenten con un establecimiento físico permanente.
- Su establecimiento esté radicado en Cantabria.
- Su actividad principal esté incluida en los códigos 45, 46 o 47 del CNAE-2009.
- Se trate de negocios sedentarios o de venta ambulante (mercadillos, vehículos tienda).
Serán subvencionables los gastos directamente relacionados con la actividad objeto de la ayuda y hayan sido realizados y pagados desde el 1 de enero de 2022 y la fecha de finalización del período de justificación.
Actividades subvencionables:
- Transformación digital.
- Transformación del punto de venta.
- Sostenibilidad y economía circular
- Cadena de suministro y trazabilidad.
Importe:
La inversión mínima a realizar será de 1.500€ (sin IVA).
La intensidad máxima de la ayuda podrá alcanzar el 100% (excluido IVA) y no superará la cuantía de 30.000 € (IVA excluido) por beneficiario.
Plazo para la presentación de las solicitudes: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC..